La Policía Nacional detuvo en Granada a 2 mujeres acusadas de falsificación de documentos y un delito de promuevo de la inmigración para emular una relación laboral y otra sentimental a fin de que una de ellas, de nacionalidad colombiana, logre conseguir la vivienda en el país.

Según comunica este cuerpo armado en publicación oficial, los detenidos son 2 mujeres de 41 y 29 años, las dos de origen colombiano si bien la primera asimismo obtuvo la nacionalidad de españa, acusada de haber simulado una relación a fin de que la mucho más joven consiguiera su vivienda legal en el país.

Simulación del contrato de trabajo

La simulación es la realización de un contrato de trabajo con contenido no real con el acuerdo y conocimiento de ámbas partes implicadas, el trabajador y el empleador, con el objetivo de engaño, la simulación puede ser absoluta o relativa.

Pretendemos la presencia de un contrato de trabajo que de todos modos no existe. La meta es emular un contrato de trabajo entre un trabajador y un empresario con una finalidad diferente al trueque de trabajo en lugar de una remuneración.

Simulación de contrato de trabajo

Es un delito común en el campo laboral, y se usa para ocasionar daño a la víctima oa un tercero, que en un caso así sería la administración. Hay conducta en el momento en que el sujeto activo proporciona un contrato de trabajo falso, fingiendo que es oficial, llevando de esta forma a la víctima a admitir las condiciones de trabajo y trabajar para él o para un tercero. En la situacion de una simulación relativa, el perjuicio recae fundamentalmente sobre la Hacienda Pública. Por servirnos de un ejemplo, en el momento en que en el contrato de trabajo se establece un salario, pero el salario del trabajador es verdaderamente diferente, además de esto, el contrato ficcional frecuenta integrar condiciones laborales y derechos muy convenientes a fin de que tenga mucho más opciones de ser recibido por el trabajador.

Para lograr condenar este delito, primero hay que demostrar que el contrato es simulado, así sea absoluto o relativo. Para esto, el Código Penal establece una secuencia de métodos de prueba que tienen la posibilidad de ser directos o indirectos.Los métodos directos se fundamentan en criterios objetivos que dejan apreciar la simulación del contrato. Por contra, los indirectos son el resultado de la prueba de tal delito.

BODA. OBRA Nº 11730-2016 LIMA NORTE

Reintegro por despido improcedente y otros. PROCESO ORDINARIO – NLPT.

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