Las horas poco comúnes son el tiempo pactado por escrito entre un trabajador y un empleador para trabajar mucho más horas de las pactadas inicialmente en un contrato a tiempo parcial.

De esta forma, el producto 12.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que: “El empresario no va a poder reclamar la realización de horas poco comúnes a menos que de esta manera lo haya acordado de manera expresa con el trabajador. El convenio sobre horas poco comúnes puede festejarse en el instante de la firma del contrato a tiempo parcial o con posterioridad a este, pero formará, en cualquier caso, un convenio concreto del contrato. El acuerdo debe formalizarse por escrito”

Diferencias entre horas poco comúnes y horas poco comúnes

Las horas poco comúnes solo se aplican a los usados con contrato a tiempo parcial de duración indefinida. Las horas poco comúnes, en cambio, son las que sobrepasan de la jornada de trabajo a tiempo terminado.

Por norma general la jornada de trabajo a tiempo terminado es de 40 horas por semana, si bien hay convenios colectivos en ciertos campos que establecen una jornada de trabajo mucho más corta.

Horas poco comúnes vs horas complementarias

El contrato de horas complementarias está recogido en el Real Decreto-ley 16/2013 y tiene unas peculiaridades concretas:

  • Debe formalizarse en por escrito en un anexo del contrato.
  • Una vez acordadas por las dos partes, estas horas son vinculantes para el trabajador, exactamente la misma la jornada de trabajo ordinaria.
  • El número de horas poco comúnes no puede sobrepasar el 30% de la jornada de trabajo sosprechada en el contrato de trabajo.
  • Tienen la posibilidad de ejercerse en contratos sin definir y temporales siempre y cuando la día ordinaria de trabajo no sea inferior a diez horas por semana.
  • Hay un período de preaviso de tres días antes que la compañía realice estas horas poco comúnes al trabajador.
  • Entre un día laborable y otro tienen que transcurrir cuando menos 12 horas para asegurar el reposo a lo largo de la jornada de trabajo.
  • Cada trabajador está en su derecho a reposar un día y medio por semana de manera continua.
  • Hay 2 géneros de horas auxiliares: pactadas y voluntarias.

Registro de horas plus

Cada compañía tiene su registro de horas de trabajo que los trabajadores respetan todos y cada uno de los días. En estas se deja un registro de los días en que se asiste tal como de las horas ordinarias, complementarias y poco comúnes que se efectúan.

Los documentos de registro de tiempos se preservan mensualmente y las compañías tienen que archivarlos a lo largo de 4 años. De esta forma evitan abonar multas por carecer de control. Por otra parte, asimismo son sancionados en el caso de sobrepasar los límites autorizados.

Regulación de las horas poco comúnes

La regulación de las horas poco comúnes está en el producto 12.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Solo tienen la posibilidad de existir en contratos a tiempo parcial con día ordinaria de trabajo de por lo menos diez horas por semana en balance de forma anual.

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