• Tutoría. A lo largo del periodo de tiempo de prácticas, vas a deber tener un instructor de tu centro de estudios y un tutor de compañía que te oriente y acompañe a lo largo de tu estancia. Esta va a ser la persona que inspeccionará tus prácticas y valorará tu capacitación.
  • Realizar su actividad académica, formativa y de representación y participación, siempre y cuando informe antes al tutor de su compañía.
  • Rastreo y estudio. Tienes derecho a recibir un informe con tu desempeño y las ocupaciones efectuadas durante tus prácticas.
  • Alta en la seguridad popular. Indispensable que si recibes una asistencia económica (no es un sueldo, ¡eh!) estés afiliado a la seguridad popular.
  • Recibe información sobre la normativa en temas de seguridad y prevención de peligros laborales de la compañía donde andas haciendo tus prácticas.
  • Baja médica. Si bien no seas trabajador, tienes que saber que en el momento en que seas despedido, en el caso de patología, vas a tener exactamente los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores.
  • Realizar la normativa vigente para prácticas ajenas establecida por el centro de estudios y la compañía donde te estés formando.
  • Conoce y efectúa el emprendimiento formativo en prácticas siguiendo las advertencias de tu tutor de compañía.
  • Sostener contacto con el tutor académico de la facultad a lo largo de el lapso de las prácticas y también informarle de cualquier incidencia.
  • Llevar a cabo y dar a su tutor académico el informe final del trabajo efectuado y los cuestionarios de evaluación de prácticas en el período sosprechado.
  • Mantén la confidencialidad con la información interna de la compañía donde estés haciendo tus prácticas mientras que dure y una vez termine.
  • Enseñar, en todo instante, una actitud respetuosa hacia la política de la compañía.

Efectuar prácticas tuteladas

O sea que el estudiante debe efectuar las prácticas tuteladas tanto por un instructor universitario como por un profesional de la ‘compañía. De esta forma, el becario incorporará con alguien que le resuelva las probables inquietudes y le guíe en el avance de sus tareas.

De este modo, el aprendiz no va a poder efectuar ocupaciones laborales propias de un trabajador contratado. En verdad, el aprendiz todavía está en capacitación profesional y la meta de su contrato es que logre poner en práctica los entendimientos teóricos que ha conseguido.

a) Derechos:

– Curriculares: son prácticas que tienen que efectuarse obligatoriamente en tanto que son primordiales para conseguir el título según con lo predeterminado en el plan de estudios.

-Extracurriculares: prácticas que el estudiante efectúa de manera voluntaria pues no forman una parte del plan de estudios pertinente, ni tienen carácter obligación.

¿Se les paga?

Salvo aportación económica brindada por la compañía con apariencia de becas o ayudas al estudio, las prácticas no son retribuidas.

Los alumnos tienen que tener 2 tutores para las prácticas, pero no tienen la posibilidad de ser exactamente la misma persona: un instructor de la facultad y un trabajador calificado de la compañía donde prestan servicios.

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