Ciertas condiciones establecidos anteriores a la contratación que tenemos la posibilidad de señalar son: • Acuerdo alcanzado en lo que se refiere a salario. • Fecha de constitución o duración a lo largo de la que debe festejarse el contrato definitivo. • Vida de un anteproyecto de contrato con fecha de constitución. • Acuerdo bilateral. • Necesidad de coordinar agendas para seguir.

Las diálogos anteriores a la firma del contrato no tienen la posibilidad de ser consideradas como contrato en sí, no como precontrato, denominándose legalmente sencillos cartas de intención o preacuerdos en los que las partes intervinientes no expresan ninguna intención de vincular, pero lo único que dejan en el expediente es enseñar la oportunidad de ser contratado más adelante.

¿Qué indemnización corresponde al trabajador en el caso de extinción del contrato preempleo?

De la misma en la situacion de extinción del contrato de trabajo, hay proporciones legalmente establecidas por las que hay que indemnizar al trabajador, en un caso así no existe normativa sobre esto.

Si el trabajador solicita una indemnización, va a haber que valorar el perjuicio provocado por dado que la compañía no haya respetado el contrato preempleo. Varios de los puntos que se tienen la posibilidad de tener en consideración son si el trabajador perdió otro trabajo por admitir el trabajo.

¿Qué ocurre si se extingue un contrato pre-empleo?

Si bien la figura del contrato pre-empleo no figura en el Estatuto de los Trabajadores, la ley lo reconoce como un contrato vinculante. En este sentido, el incumplimiento de alguno de las partes podría ofrecer rincón a la indemnización de daños y perjuicios. La legislación no prevé proporciones específicas, con lo que lo mucho más atrayente es fijar antes un número en nuestro archivo.

Dada esta situación, ¿qué debe llevar a cabo usted como empresario o candidato si siente la necesidad de rescindir un contrato preempleo pero no quiere abonar la indemnización? En estas situaciones, la primera opción ha de ser reportar a la otra sección. En varias oportunidades, la compañía y el candidato comprenderán las causas y podrían pactar romper el contrato preliminar sin mayores secuelas.

Datos precontractuales

El contrato prelaboral debe contener la próxima información:

  • Fecha sosprechada del contrato laboral más adelante
  • Naturaleza del contrato: temporal, indefinido o modalidad a decisión
  • Condiciones: salario, horas, intérvalo de tiempo de vacaciones…
  • Especificaciones del puesto y funcionalidades a desempeñar
  • Cláusulas particulares (peculiaridad o no concurrencia, por servirnos de un ejemplo)
  • Autorizaciones o licencias de cara al desarrollo de la actividad

Condiciones para la presencia de remuneración

La primera condición precisa, pero no bastante, es la presencia de un contrato preliminar según los requisitos que comentamos previamente.

Seguidamente, el trabajador no debe poder incorporarse al trabajo, esto es, no ha de estar dado de alta en la Seguridad Popular, por causa no imputable al trabajador.

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