Como ahora se ha comentado en los parágrafos precedentes, el despido disciplinario por disminución continuada y facultativa del desempeño laboral pertence a los mucho más comunes.

En verdad, habitualmente se emplea como «comodín» para sacar de la nómina a usados incómodos que no dieron «causas reales» para justificar su baja. Tanto para achicar la plantilla sin la necesidad de abonar indemnizaciones.

Despido disciplinario por bajo desempeño

El producto 54 del Estatuto de los Trabajadores establece como causal de despido disciplinario en su apartado 2 y también):

“Trabajo continuo y voluntario en el ejecución del trabajo habitual o convenido”.

¿Qué supone el despido disciplinario por baja eficacia?

En el momento en que se genere uno o mucho más de los presuntos contemplados en las líneas precedentes, el empleador optará por el despido como opción alternativa. Y para llevarlo a cabo adecuadamente, va a deber realizar los requisitos formales que corresponden a este género de actuaciones, entre aquéllos que resalta la citada notificación redactada, donde tienen que constar de manera clara y precisa los hechos que la motivan, tal como la fecha en que que surtirá efecto el despido. (producto 5 del estatuto de los trabajadores).

El incumplimiento de las condiciones formales del despido requerirá un nuevo despido en el que concurran las condiciones omitidas en el previo. Esto se puede llevar a cabo en los 20 días desde la fecha del estreno.

Condiciones para un despido disciplinario por disminución continuada y facultativa en el desempeño habitual o convenido del trabajo

Para deducir el despido disciplinario en un caso así, ha de ser un acto de reducción facultativa en la realización del trabajo, grave y continuada. Es por consiguiente una conducta que debe reunir los próximos requisitos:

  1. Grave y evidente: la conducta ha de ser proporcionada a la gravedad de la falta encausada al trabajador.

Despido por bajo desempeño en el trabajo

El despido por bajo desempeño en el trabajo es una situación que se recopila en el Estatuto General de los Trabajadores en el producto 54 y se justifica por » y reducción facultativa en el desempeño del trabajo habitual o convenido».

Se tienen que precisar con perfección las causas de este género de despido. trabajador. La compañía tiene la obligación de hacer llegar por escrito la extinción del contrato y a reflejar la causas que motivaron esta resolución.

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