Son múltiples las causas que llevan a una compañía a cerrar y hacer más simple el despido, las mucho más esenciales son las próximas:

En caso de que se presente esta situación y los herederos del empleador no logren asumir el pago. Este va a pasar a manos del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) que va a pagar la indemnización.

Cierre de negocio. ¿Qué ocurre con los trabajadores?

Como ahora comentamos en el punto previo, más allá de que la compañía cesa su actividad por inconvenientes de liquidez, no todo está perdido para el trabajador.

Por supuesto, perder su trabajo no es una píldora satisfactorio de tragar, pero sepa que aún puede ser compensado por estos acontecimientos.

Cierre de negocio o liquidación del negocio

Implacablemente, el cierre de cualquier negocio transporta a la extinción de todos y cada uno de los contratos de trabajo.

No obstante, en dependencia de quién sea el empleador y el número de trabajadores comprometidos, el trámite y los derechos no son iguales.

¿Cuál es la remuneración pertinente a los trabajadores?

La indemnización va a ser de 20 días de salario al año trabajado en la compañía, con un límite máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, si hablamos de un despido colectivo por haber perjudicado a mucho más de 5 trabajadores, se va a poder negociar una indemnización superior a lo largo del periodo de tiempo de solicitud preceptiva con los representantes legales de los trabajadores.

El trabajador tiene un período de 20 días hábiles para interponer recurso frente al Juzgado de lo Popular desde el día después a aquel en que se genera el despido. No obstante, estimando que estas situaciones de manera frecuente brotan pues la compañía se ve obligada a cerrar, hay escasas opciones de que esta acción tenga éxito.

¿Qué ocurre si la compañía no cierra en el momento en que el empleador se jubila?

Las causas legales de esta clase de despido tienen como entre los requisitos escenciales el cese de actividad o cierre. De esta manera, si la compañía prosigue con el jubilado como dueño o con el control de otros, no está en su derecho a rescindir los contratos de trabajo.

Ciertos autónomos eligen por la jubilación activa, que les deja seguir con su actividad profesional. Si al cabo de cierto tiempo deciden pasar a la jubilación pasiva, tampoco va a ser fundamento justificado de despido. La jurisprudencia mantiene que, en cualquier caso, procede en el momento en que se crea el retiro, pero no después.

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