La incapacidad persistente parcial es el nivel mucho más bajo de incapacidad persistente que entrega al trabajador una indemnización semejante a la base de 24 mensualidades que se usan para calcular la indemnización en el caso de incapacidad temporal.

Esta clase de incapacidad persistente funciona con la ocupación frecuente del trabajador, puesto que se otorga en el momento en que hay una disminución del desempeño en el trabajo, pero no una imposibilidad.

CONDICIONES DE INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL

Para tener derecho a la Invalidez Persistente Parcial se tienen que cumplir las próximas condiciones a la fecha del hecho causante:

  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
  • Estar en situación de alta o asimilada a alta. En esta etapa, debe tenerse presente que, si la invalidez resulta de un incidente de trabajo o de una patología profesional, el trabajador va a ser considerado integrante de pleno derecho y registrado, aun si el empleador ha infringido sus obligaciones.
  • Tener cubierto un periodo de tiempo de cotización previo, si la invalidez es consecuencia de una patología de hoy (si la causa es un incidente, profesional o no, o una patología profesional, no se necesita cotización mínima):
    • 1800 días de cotización incluidos en los diez años en el instante precedentes a la fecha en que concluyó la incapacidad temporal de la que deriva la incapacidad persistente.
    • Si eres menor de 21 años, tienes que haber cotizado media parta de los días comprendidos entre la fecha en que cumples los 16 años y la fecha del hecho desencadenante, mucho más el periodo de incapacidad temporal, fatigado o no (545 días).

Condiciones para pedir la pensión de incapacidad persistente parcial

Para favorecerse de la pensión de incapacidad persistente parcial es requisito estar usado, afiliado y en alta o situación asimilada al alta, y no haber alcanzado la edad de ingreso a la jubilación ordinaria. Por otra parte, si la situación de invalidez hay que a una patología de hoy, asimismo hay que cumplir un periodo mínimo de cotización:

¿Quién afirma la incapacidad persistente parcial?

Si se cumplen todas y cada una de las condiciones precedentes, las Direcciones Provinciales del INSS declararán la situación de incapacidad persistente por medio de los equipos evaluadores (EVI).

La persona que sufra esta incapacidad para el trabajo va a tener derecho a una prestación de 24 mensualidades de la base reguladora abonadas en un único pago.

¿Quién paga la prestación por incapacidad persistente parcial?

La entidad responsable del pago de la prestación por invalidez parcial persistente va a depender del hecho que haya provocado la invalidez:

  • En el caso de patología de hoy o incidente no laboral, la prestación por la incapacidad persistente parcial la paga el Centro Nacional de la Seguridad Popular (INSS), o el Centro Popular de la Marina (ISM) en su caso.
  • Si l’invalidité est dérivée d’une maladie professionnelle ou d’un accident du travail, le paiement correspondra à l’Institut National de la Sécurité Sociale (INSS) ou à la Mutuelle Collaboratrice de la Sécurité Sociale, llegado la situacion.

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