La prevención de peligros laborales es una actividad que ha de estar dentro en el quehacer períodico de la compañía, asumida por todos y cada uno de los trabajadores y el empresario. Concebir la prevención de peligros de manera diferente a una actividad fundamental y también indispensable puede ofrecer sitio a accidentes, con menor o mayor daño a la persona, que terminan traduciéndose al final en pérdidas humanas y también, indudablemente, económicas para la compañía.

Estas cuestiones de integración precautoria en la compañía quedan agarradas en el primer producto del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prévención, tema central de nuestro producto de el día de hoy. Según con los principios precautorios establecidos por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de peligros laborales, sobre detección y evaluación de los peligros que no hayan podido evadirse, los servicios de prevención se definen, según con el producto 31.2, como todos y cada uno de los medios humanos y materiales precisos para hacer las ocupaciones de prevención con el objetivo de asegurar una correcta protección de la seguridad y salud de los trabajadores, aconsejando y asistiendo al empresario, a los trabajadores y a sus representantes ahora los órganos de control. Las funcionalidades de los servicios de prevención se repiten fundamentalmente en el producto 31.3 de la ley ORP: Los servicios de prevención van a deber ser capaces de prestar a la compañía el consejos y acompañamiento que esta necesite según las clases de peligro que en ella se muestren, en lo que se refiere a lo relativo a:

Qué es el servicio de prevención propio de la compañía

Legalmente se llama servicio de prevención propio a todos y cada uno de los medios humanos y materiales de la compañía precisos para hacer las ocupaciones de prevención. Puede pedir asistencia externa si lo considera preciso. Debe ocuparse de tareas como la creación de un plan de prevención y el diseño y también implementación de medidas de PRO. Asimismo el lugar de un sistema de señalización para la prevención de peligros laborales. Tal como la elaboración de las medidas a tomar para evitarlas. Asimismo se ocupará de cuestiones como la seguridad industrial o el ámbito económico al que sea correcto el trabajo de la compañía, la capacitación de los trabajadores mediante un curso sobre peligros laborales y la implantación de medidas concretas para ellos en el centro con el objetivo de eludir peligros en el avance de su jornada de trabajo, por ejemplo tareas.

  • Por resolución caracteristica de la compañía fundamentada en sus causas, criterios o conveniencia.
  • Por el hecho de que el género de actividad que efectúan supone, por ley, la obligación de tener un servicio de prevención propio.
  • Por el hecho de que por la continuidad o gravedad de los accidentes de trabajo sucedidos en sus instalaciones o en los sitios donde presta sus servicios laborales, de esta forma lo decida una autoridad competente.

Compromiso personal del empresario

El empresario puede asumir en lo personal las funcionalidades del servicio de prevención en el momento en que concurran las próximas situaciones:

  • No son menos de diez trabajadores en la compañía, o de 25 si todos trabajan exactamente en el mismo sitio de trabajo.
  • El empleador ejercita de manera regular su actividad profesional en el sitio de trabajo.
  • El empleador tiene la titulación precisa (básica, media o superior) en dependencia de la actividad de la compañía.
  • Jamás va a poder efectuarse en las ocupaciones peligrosas enumeradas en el Anexo I del Real Decreto 39/1997 de Prevención.

Un Servicio de Prevención Extraño es una entidad privada cuyo propósito es ofrecer acompañamiento a las compañías para asegurar una correcta protección de la seguridad y salud en el trabajo de sus trabajadores.

Si en algún momento te has cuestionado qué es un servicio de prevención de afuera, para qué exactamente sirve o si es obligación contratarlo en beneficio de tu compañía, llegaste al rincón correcto. No es la primera oportunidad que nos hacen este género de cuestiones y el día de hoy nos encontramos completados para responderlas.

¿Qué es un Servicio de Prevención Extraño (SPA)?

¿Cuántos especialistas necesito para montar mi Servicio de Prevención?

La ley de prevención de peligros laborales no se refiere a esta cuestión. Solo afirma que el servicio de prevención va a tener carácter interdisciplinar y que sus medios van a deber ser los correctos para el cumplimiento de sus funcionalidades.

Por su lado, el Reglamento de Servicios de Prevención de 1997 dispone con relación a el SPP:

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies