No es extraño que nos hallemos con el inconveniente de que un trabajador venga a nuestra oficina a enseñar una petición de despido fuera de período.

En la mayor parte de estas situaciones, el trabajador ignora el período que tiene para interponer una acción judicial contra un despido. En otras ocasiones, el trabajador dejó de impugnar el despido bajo la promesa del empleador de que le pagaría una alguna proporción de dinero, pero en el momento en que el empleador al final no cumple, desaparece la oportunidad de demandar por despido.

Otro término: que la compañía debe mandar el certificado de compañía

Entre los documentos indispensables para pedir el paro es el certificado de compañía. La compañía va a deber mandarlo al Servicio Público de Empleo Estatal exactamente el mismo día del despido, si se manda por Internet, o como máximo en los diez días siguientes al despido. O entregarlo al trabajador, con la firma y sello original.

En caso de que no se otorgue o no se mande, va a ser preciso demandarlo o denunciar esta situación.

Sentencia

En los 5 días siguientes al juicio, el juzgado laboral emitirá su veredicto.

Esta resolución no es estable, con lo que la parte que no esté según el pronunciamiento va a tener 5 días auxiliares (que empezarán a contarse desde el día después de la notificación de la sentencia) para apelar en la Salón Laboral de la Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

¿Qué son los días laborables? ¿Se cuentan cada sábado o todos los domingos? ¿Y agosto?

Se piensan inhábiles todos los sábados, domingos y festivos de la ciudad del Juzgado de lo Popular frente al que se ejercite el despido y, en cualquier caso, el 24 y el 31 de diciembre.

Esto es, los 20 días hábiles van a ser cuando menos 28 días naturales, contando que entre ellos va a haber 4 últimos días de la semana.

¿Por qué razón es esencial que no se me escape el período para enseñar la petición de baja?

Pues ha vencido el período para enseñar la petición de despido. Y esto quiere decir que si pierde este periodo, el derecho que tenía dejará de existir. Desde ese instante, por el momento no va a poder reclamar nada a la compañía, no la indemnización que le podría haber sido pedida en el caso de despido improcedente.

El período para enseñar una petición de despido empieza el día después cada día en que surta efecto el despido. Esto es, si, por poner un ejemplo, la fecha de terminación es el 17 de abril, el período para enseñar la reclamación empezará el 18 de abril.

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